Argentina autoriza el uso de biocombustibles en embarcaciones marítimas y fluviales

El Ministerio de Economía incorporó la figura de "Operador de Bunker" y abrió la puerta al uso de combustibles renovables en el transporte naval.

10 junio, 2025

Con la mirada puesta en la transición energética y la reducción de emisiones contaminantes, el Gobierno nacional oficializó el uso de biocombustibles puros o mezclados en embarcaciones fluviales y marítimas. La medida fue establecida a través de la Resolución 252/2025 de la Secretaría de Energía, publicada el 10 de junio en el Boletín Oficial.

Según la norma, los usuarios podrán optar por biocombustibles en estado puro o con distintos porcentajes de mezcla con combustibles fósiles, siempre que el motor propulsor de la embarcación sea compatible con estos productos. Esta disposición representa un paso significativo para descarbonizar el transporte marítimo, un sector históricamente dependiente del gasoil y con altos niveles de emisión de gases de efecto invernadero.

La resolución también incorpora la categoría de Operador de Bunker en el Registro de Operadores de Biocombustibles y Mezcladores, creado originalmente por la Resolución 689/2022. Este registro, que regula a elaboradores, mezcladores, comercializadores y almacenadores de biocombustibles, ahora también incluirá a quienes se dedican al suministro de biocombustibles a barcos.

El nuevo operador deberá cumplir con requisitos específicos: constancia como almacenador, auditorías de seguridad, habilitaciones ambientales y, en caso de no contar con instalaciones propias, presentar contratos con empresas registradas como almacenadoras. Además, se exige inscripción en el sistema registral aduanero y una descripción detallada de la operatoria.

Un marco legal hacia 2030

La decisión se apoya en la Ley 27.640, vigente hasta el 31 de diciembre de 2030, que regula todas las actividades vinculadas a la elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles en Argentina. El artículo 23 de esta ley faculta a la Secretaría de Energía para establecer los requisitos del uso de biocombustibles, tanto puros como mezclados, en distintos sectores.

Hasta ahora, el artículo 9° de la Resolución 689/22 ya había exceptuado de la mezcla obligatoria con biodiesel al gasoil utilizado por embarcaciones fluviales y marítimas. La nueva resolución avanza un paso más al permitir explícitamente el uso de biocombustibles como opción principal en la propulsión naval.

La medida busca incentivar una mayor adopción de energías renovables en el transporte, un sector que representa aproximadamente el 15% de las emisiones globales de dióxido de carbono. El uso de biodiesel y otros biocombustibles puede reducir significativamente esas emisiones, especialmente si se implementan en flotas de gran porte como las marítimas.

Además, esta decisión abre nuevas oportunidades para productores y comercializadores de biocombustibles en Argentina. Con una industria consolidada y potencial de crecimiento, el país podría posicionarse como proveedor regional de soluciones energéticas limpias para el transporte fluvial y marítimo.

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