La Subsecretaría de Política y Gestión Comercial del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación anunció, con vigencia a partir del día 22 de octubre, la Disposición 29/2020 que introduce cambios en los anexos de la Resolución nº 523/17 relacionados con la obligación de presentar licencias no automáticas para las posiciones de estos anexos.
Estas modificaciones implican que mercaderías que tenían licencias automáticas pasan a tener licencias no automáticas y viceversa.
Asimismo, las mercaderías que cuenten con licencias automáticas aprobadas antes de la entrada en vigor de la nueva disposición y que por aplicación de la actual reglamentación pasen de tramitar licencias automáticas a no automáticas, estarán exceptuadas de su tramitación. Éstas mantendrán su validez hasta su utilización o el cumplimiento del plazo por el cual fueron otorgadas.