El Banco Central flexibiliza pagos de importaciones y servicios

La Comunicación “A” 8226 elimina plazos y restricciones clave para importadores, MiPyMEs y prestadores de servicios.

14 abril, 2025

En una medida largamente esperada por el sector productivo, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) publicó este viernes la Comunicación “A” 8226, que introduce cambios sustanciales en el régimen de acceso al mercado de cambios para operaciones de comercio exterior. La norma, que entra en vigencia el lunes 14 de abril, flexibiliza condiciones para el pago de importaciones de bienes y servicios, con especial atención a las pequeñas y medianas empresas.

Uno de los cambios más significativos es la eliminación del plazo de espera para el acceso al mercado de cambios para pagar importaciones de bienes. Ahora todas las operaciones con despacho a plaza registrado desde el 14 de abril podrán ser abonadas en forma inmediata. Hasta ahora, los importadores debían esperar un plazo de hasta 180 días para acceder al mercado oficial, lo que complicaba la operatoria y encarecía los costos por financiamiento externo.

Asimismo, se habilita el pago anticipado de importaciones para MiPyMEs y personas humanas, siempre que no se trate de productos incluidos en posiciones arancelarias sensibles. Esta medida busca facilitar el abastecimiento de insumos críticos y fomentar la planificación productiva en sectores que requieren previsibilidad logística.

En cuanto a los bienes de capital, la normativa permite pagos anticipados sin despacho hasta un 30% del valor FOB. En los casos en los que exista deuda comercial previa con el proveedor, se podrá pagar hasta el 80% sin necesidad de ingreso aduanero. Esta excepción también excluye productos de posiciones arancelarias restringidas, que mantienen condiciones previas más exigentes.

En el capítulo de servicios, se autoriza el pago sin demoras cuando la contratación se haya realizado a partir del 14 de abril, siempre que la contraparte en el exterior no esté vinculada con el residente local. Para los casos con vinculación societaria, se mantiene un plazo de espera de 90 días. Esta flexibilización alcanza a servicios profesionales, técnicos, licencias, fletes, seguros, entre otros.

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