La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció, mediante la Resolución General 4702/2020, la reapertura para que las empresas y pymes puedan inscribirse en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP).
Los empleadores que necesiten del ATP para el pago del salario tienen tiempo hasta el 23 de abril para inscribirse, según lo que determina la normativa.
Asimismo, las pymes y empresas que se registren deberán informar la CBU de todos sus trabajadores y el código del Convenio Colectivo de Trabajo con el que adhieren.
A su vez, quienes que ya se encuentren suscritos pueden rectificar la información económica suministrada. Las empresas que deban enmendar algún error al cargar los datos, serán notificados por la AFIP a través de su domicilio fiscal electrónico.
Ayer en una videoconferencia con la comisión de Pymes de la Cámara de Diputados, el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas habló sobre los beneficios del Programa ATP y lo definió como “un programa sin precedentes por su magnitud”.
Además señaló que “420.000 empresas se inscribieron en este programa, sobre 600.000 que hay en Argentina”.