La Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Producción, a través de la publicación de la Resolución 519/2018, anunció las modificaciones en la categorización de las Pymes.
Estos cambios se deben a que la categorización de las pequeñas y medianas empresas se ajustó por inflación. Esta nueva reglamentación restablece los límites de facturación anual contemplando las especificidades propias de los distintos sectores, generando de esta forma las únicas categorías válidas para ser considerado Pyme según actividad.
Además de la facturación promedio de los últimos tres ejercicios, también se deberá considerar al personal ocupado que surja del promedio anual de los últimos tres años para ser considerado Pyme. Los límites no han sufrido cambios respecto a la resolución previa:
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley Pyme como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal, estímulos financieros y acceso a mejores créditos y fomento de inversiones.