El Gobierno de Alberto Fernández firmó el decreto 141 donde oficializó el reperfilamiento hasta el 30 de septiembre próximo del pago de la amortización correspondiente a los “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020”, a la vez que se interrumpe el devengamiento de los intereses.
Con esta decisión, se dispuso que la postergación dispuesta no interrumpirá el pago de los intereses ya devengados de acuerdo con los términos y condiciones originales, y no alcanzará a las tenencias registradas al 20 de diciembre de 2019 que cumplan determinadas condiciones.
En ese sentido se estableció que estos títulos deben pertenecer a personas humanas y que las conserven bajo su titularidad a la fecha de pago y cuya trazabilidad pueda ser verificada por los citados organismos de contralor estatales.
También es requerimiento que el valor de la tenencia registrada al 20 de diciembre de 2019 sea inferior o igual a US$ 20,000 de valor nominal.
A su vez se ordenó que los “Bonos de la Nación Argentina en Moneda Dual Vencimiento 2020”, cuyo pago de amortización se posterga por la presente norma, podrán ser utilizados para futuras suscripciones de títulos denominados en pesos, al valor técnico del citado instrumento calculado a la fecha de cada una de dichas colocaciones que se realicen.