“Este impuesto se va a judicializar porque es inconstitucional y confiscatorio”

23 noviembre, 2020

De este modo se expidió sobre el proyecto de Aporte Solidario, conocido también como impuesto a la riqueza, la contadora y especialista en tributación, Dina Castillo, en diálogo con Ser Industria Radio.

También aseguró que deberían hacerse modificaciones antes de que el Senado lo convierta en ley, exceptuando a las empresas productivas y que, del modo que está planteado “empuja a dejar el país a la gente que tiene capacidad de producir y generar empleo”.

En otro orden dijo que los nuevos impuestos e incrementos tributarios que contempla la ley de presupuesto del año 2021 “afectan al consumo masivo” y que las provincias proyectan más gravámenes,  

El proyecto de Aporte Solidario está cerca de ser ley. ¿Qué efectos inmediatos tendrá?

Este impuesto va a ser muy resistido. Se va a judicializar, porque la realidad es que, en muchos casos, claramente se va a poder probar la confiscatoriedad. El problema es que, si lo sumamos al impuesto de Bienes Personales, llegamos a tasas del orden del 6% para los bienes del país y del 7,5% para bienes del exterior. Esa es una tasa altísima porque no hay patrimonio que dé esa renta. Entonces, para pagarlo, no sólo hay que disponer de toda la renta, si es que se tuvo en este año de pandemia, sino que hay que sacar parte del patrimonio. Es tan burda la confiscatoriedad o la inconstitucionalidad que los contribuyentes ya están planteando judicializar el tema.

¿Esos planteos pueden prosperar?

Hay muchos elementos para que salgan bien. Por supuesto que hay un proceso que claramente llevará diez años. Son tres etapas a cumplir, porque AFIP va a apelar hasta el final, pero hay que medir el costo beneficio, o sea cuánto significa la hipoteca que tengo que pagar versus los costos de discutirlo, pero creo que la decisión general se inclina por judicializar porque es inconstitucional y confiscatorio 

Algunos sectores piden que sea modificado. ¿Cómo podría hacerse?

Habría algunos aportes que se pueden hacer para que esto no sea tan resistido, que quizás podrían considerarse antes del debate en el Senado. En primer lugar, creo que todo lo que sean acciones, empresas productivas, deberían ser exceptuadas de la base. Como está realmente es un castigo a la producción, va en contra de toda la política tributaria que debería asumir el gobierno. Mi propuesta es que se eliminen de las acciones de las sociedades locales, los campos, que son la empresa que tienen los productores agrícolas, así como también algunos productos financieros como los bonos del estado nacional, las obligaciones negociables, las acciones argentinas, los plazos fijos. Si sacamos esto de la base, estoy segura que va a ser mucho más aceptable. Porque si el objetivo es solamente recaudar, porque acá no veo una política tributaria de aumentar el empleo, de producción, ese objetivo no se va a cumplir. Va a ser resistido, judicializado.

¿Todos los contribuyentes tomarían esa postura?

Los grandes grandes, fiscalmente, ya se fueron; los medianos lo van a judicializar y los pequeños, digo pequeños como siempre, estamos hablando de un patrimonio de 200 millones de pesos que representan alrededor de 2.500.000 dólares al tipo de cambio oficial, esos que ya pagarían 4 millones de pesos, van a estar en el tramo más difícil. Porque están en un piso. Ir a juicio tiene un costo, tasas, honorarios y obviamente hay que medir porque a lo mejor eso se lleva la mitad del impuesto.

¿Para llegar al piso y ser alcanzado por el impuesto, se computan todos los bienes de producción?

Si, se cuentan todos los bienes productivos. Máquinas, galpones, camionetas, casas, autos, algún departamento que se tenga de ahorro… Estoy segura que las 12 mil personas contempladas cuando Heller presentó el proyecto, ya son cerca de 40 mil, porque en su momento el piso era con el dólar de 60 pesos y las valuaciones al 31 de diciembre de 2019. Lo que se aprobó está midiendo el patrimonio a la fecha de promulgación de la ley, que estimamos va a ser en éste diciembre. Aumentó la población sujeta de este gravamen.

¿Por qué decís que los grandes se fueron?

Los que han planificado con anticipación esto, que se venía, lograron la residencia fiscal en Uruguay, por ejemplo. Ya no son contribuyentes de este impuesto ni de Bienes Personales. Hay una discusión con los que obtuvieron la residencia fiscal en otro país posterior al 31 de diciembre. Ahí hay un tema, porque en el proyecto de ley dice que también tienen que pagar el impuesto. Eso es absolutamente inconstitucional, es un tema de retroactividad que deberá ser revisado.

Las leyes son irretroactivas…

Podría suceder que salga redactado así y que haya que reclamarlo judicialmente, pero en todo caso será la Corte la que decida si es posible o no. Entendemos que no, pero hay que transitar un camino de diez años.

Una vez que la ley sea promulgada, se harían las presentaciones judiciales. ¿Eso dejaría suspendida la aplicación del tributo? 

Hay dos caminos que el contribuyente puede adoptar. Ni bien sea ley, se deberá fijar una fecha de vencimiento para tributar el impuesto, que como está planteado pareciera que se pagará todo contado, sin cuotas. Antes del vencimiento, un camino es plantear una acción declarativa de certeza ante la justicia federal pidiendo la suspensión de todo efecto, hasta tanto se resuelva el fondo, es decir si es constitucional o no. Tiene que ser pedida individualmente, probada por cada patrimonio. El juzgada otorgará seguramente la cautelar y mientras tanto se suspende todo hasta que la sentencia esté firme. Por supuesto que la AFIP va a apelar en primera y segunda instancia.  Aunque sea un día antes del vencimiento hay que hacer el planteo. 

¿La alternativa?

El otro camino es ir a la AFIP y esperar que lo determine. Por ese, pueden pasar uno o dos años, hasta que venga el fisco y haga una determinación de oficio, una vía administrativa y diga cuánto se debe. Hay que recurrir al Tribunal Fiscal de la Nación que está en Capital Federal, depende del Poder Ejecutivo. Está compuesto por contadores y abogados,. Allí se dirime si uno debe o no el impuesto. Pero esté estamento no puede resolver sobre cuestiones de constitucionalidad. Entonces hay que apelar ante la Cámara Federal de Apelaciones y después a la Corte. Este impuesto, en general, lo paga la gente mayor, salvo lo que hayan heredado jóvenes, son patrimonios que se han armado con años de trabajo.

¿Castiga a la producción más que a la especulación?

Es por igual. Le carga las cuentas a los que producen y también a quiénes no, van todos en la misma bolsa. “Dame un poco porque sos rico”, esa es la filosofía. El efecto es el deseo de irse del país, porque las personas que tienen poder adquisitivo no tienen problema en subirse a un avión e irse realmente. No para evadirse, sino para evitarlo. Solamente pagarían por los bienes en el país, excluyendo lo que tienen en el exterior. Eso es lo que tiene de malo, que se empuje a la gente que tiene poder adquisitivo y la posibilidad de crear empleo. Así empiezan a desarrollar proyectos productivos en Uruguay y Paraguay.

Además de este proyecto hay nuevas cargas impositivas en el nuevo presupuesto. ¿Hay algún impuesto que no termine pagando el consumidor final?

Todos los impuestos creados o incrementados en el presupuesto 2021 afectan al consumo masivo, como el celular, la computadora, el aire acondicionado. Hoy sin celular no se puede trabajar ni estudiar ya que muchos chicos en las escuelas rurales no tienen computadoras y estudian con el teléfono de sus padres. Se van a encarecer todos esos productos y también los seguros. Las provincias también están avanzando de la misma manera porque el Consenso Fiscal ya no camina y entonces cada una de ellas puede subir sus tributos libremente. Sin dudas tendremos un año difícil.

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