La AFIP oficializa el plan de pagos permanente para deudores impositivos

10 febrero, 2016

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la reglamentación del nuevo plan de pagos permanente, anticipado la semana pasada por el titular del organismo, Alberto Abad.

La resolución general 3827, publicada en el Boletín Oficial, establece el beneficio para monotributistas y empresas con ingresos de hasta 250 millones de pesos.

El “Plan de financiación permanente” permitirá regularizar deudas de aportes autónomos, monotributistas y empleados en relación de dependencia, e incluye a contribuyentes situados en áreas de emergencia.

Abad definió el mecanismo como una “rueda de auxilio” que les permitirá a los contribuyentes “acceder y seguir vivos”, a través de un mecanismo que reemplaza el plan impulsado por la administración anterior, al que calificó de “excesivo”, ya que podía ofrecer planes de pago especiales.

Asimismo, criticó la “discrecionalidad” de esa facultad, al considerar que “ante determinado pedido se podían pedir hasta 150 cuotas con tasas muy bajas”.

El nuevo plan establece pagos en un rango de entre 3 y 24 cuotas, según el tipo de deuda que se mantenga: los deudores de aportes de trabajadores podrán pautar un plan de pago de hasta 3 cuotas, mientras las obligaciones impositivas y de seguridad social (excepto aportes) podrán cancelarse en hasta 6 cuotas.

Obligaciones por aportes de autónomos y monotributos se financiarán en hasta 20 cuotas, y habrá 24 cuotas para deudas por ajustes de inspección.

Los importes mínimos a pagar serán de 500 pesos para planes de autónomos y monotributo, y de 1.000 pesos para el resto de los planes.

La tasa de interés, en tanto, se actualizará mensualmente y tomará como referencia la tasa nominal anual del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días.

La tasa será publicada el día 20 de cada mes y deberán sumarse dos puntos adicionales para empresas con ingresos de hasta 91 millones al año, y 6 puntos para empresas con ingresos superiores.

El plan no incluye las deudas en concepto de retenciones y percepciones impositivas y previsionales, como tampoco anticipos y/o pagos a cuenta, deudas de IVA por importación de servicios o con Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART).

También quedan excluidas deudas declaradas en planes vigentes y ciudadanos imputados penalmente.

Los beneficios para quienes suscriban el nuevo plan incluyen el levantamiento de la suspensión en los registros especiales aduaneros, la posibilidad de obtener el certificado fiscal para contratar con el Estado, entre otros.

El cobro se realizará por débito en cuenta bancaria, y los contribuyentes recibirán alertas vía mensaje de texto.

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