A través de la Resolución 4693/2020 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), informó la creación del servicio web Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
Las Pymes que quieran acceder a los beneficios del Programa deberán ingresar y registrarse a través de la AFIP con su clave fiscal entre los días 9 y 15 de abril. Tendrán que suministrar la información económica relativa a sus actividades.
De esa forma, quienes realicen actividades que se encuentren incluidas en el listado publicado por la AFIP, podrán ser beneficiados con la postergación del vencimiento para el pago de contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) del período devengado marzo de 2020, debiendo realizar el mismo según la terminación de su CUIT y de acuerdo al cronograma:
Aquellas empresas que completen esta registración web y cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado publicado en el sitio “web” institucional de AFIP, podrán acceder al beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino del período devengado marzo de 2020.
Asimismo, al concluir la prórroga deberán normalizar su situación según la terminación de su CUIT a partir del siguiente cronograma: los CUIT que finalicen con los números 0,1,2,3 tendrán como fecha el 16/06/2020. Los 4,5,6 será el 17/06/2020 y los 7,8,9 el 18/06/2020
La aprobación de esta postergación por dos meses del pago de las contribuciones patronales al SIPA que vencían en abril será informada de manera automática a las empresas una vez que se hayan inscripto en el ATP y serán caracterizadas en el Sistema Registral con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020”.