Reformas en Campaña

Las reformas fiscales argentinas plantean interrogantes sobre su viabilidad a largo plazo y futuras modificaciones.

Por

26 septiembre, 2023

La eliminación del Impuesto a las Ganancias para ciertos empleados y jubilados, como medida electoralista en Argentina, ha generado un intenso debate sobre su alcance y justicia. Si bien esta exención beneficia a aquellos que ganan menos de 15 salarios mínimos al mes, excluye a directores de empresas y autónomos, lo que ha sido objeto de críticas y considerado como una discriminación basada en la posición laboral. 

Además, esta medida, implementada vía Decreto y con vigencia hasta diciembre de 2023, plantea interrogantes sobre su sostenibilidad y posibles cambios legislativos en el futuro, lo que añade incertidumbre a la situación fiscal de los contribuyentes.

Entre las medidas anunciadas por el Gobierno se encuentra la eliminación del Impuesto a las Ganancias para muchos empleados. Este “beneficio”, ¿alcanza a todos los empleados en relación de dependencia?

Con un objetivo claramente electoralista, de cara a las próximas elecciones del 22 de octubre, el Gobierno ha establecido que desde octubre dejen de pagar este impuesto aquellos empleados en relación de dependencia y jubilados que cobren menos de 15 salarios mínimos vitales inmóviles en forma mensual (hoy en día, cerca de $1.770.000 al mes). Esta medida no incluye a directores de empresas, haciendo una clara discriminación dependiendo del puesto que ocupe la persona. Y tampoco beneficia a los siempre relegados Autónomos. Esta medida fue implementada por el Poder Ejecutivo vía Decreto y rige hasta diciembre de 2023: para el 2024 se espera que los cambios sean introducidos en la Ley del Impuesto a las Ganancias mediante una reforma que se aprobaría esta semana en el Congreso. 

¿También rige una medida respecto del IVA y su devolución?

Sí, otra de las medidas aprobadas fue el programa “Compre sin IVA”: aquellos monotributistas, jubilados o empleados en relación de dependencia que por mes reciban una remuneración inferior a los $708.000, van a recibir, con un límite de 18.000 pesos mensuales, una devolución del 21% de las compras que realicen con tarjetas de débito en negocios que vendan productos de la canasta básica (por ejemplo, almacenes). El reintegro se realiza a las 48hs y en la cuenta bancaria que la persona haya informado en AFIP. Para consultar si se cuenta con este beneficio se debe ir al sitio servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx

Es importante destacar que la devolución es sobre la totalidad de la compra que la persona realice en el negocio, incluso sobre productos que no tributan IVA al 21%.

¿Estas fueron las únicas medidas?

No, hubo varios anuncios más el viernes pasado. El ministro de Economía prometió que se actualizará la resolución de AFIP RG 830, llevando a $160.000 el monto mínimo a partir del cual los profesionales independientes sufren retenciones. También se prorrogaría hasta 2024 el pago (pero no la presentación) de las declaraciones juradas de IVA. Para esto habrá que aguardar a la norma que dicte la AFIP. Por otro lado, también se suspendieron por los próximos meses del 2023 las exclusiones del régimen de monotributo. Y se espera que AFIP también establezca un nuevo Plan de Pagos para obligaciones vencidas.

Noticias Relacionadas

Ver Más Noticias Relacionadas

Cumpleaños feliz

En el primer año de gestión de Milei la mayoría social le tuvo más paciencia de la imaginada.| Por Carlos Fara.

Hace 5 horas
Por

El CFP es incompetente para autorizar la investigación del buque británico James Cook

Un permiso de esta naturaleza solo podría ser autorizado por el Congreso de la Nación.

Hace 2 días
Por

Arbitrajes y estrategias para un mercado alcista

Los bonos a corto plazo empalidecen ante las mejores expectativas de los a largo plazo | Por Salvador Di Stéfano.

Hace 3 días
Por

Lo mismo pero más rápido

Milei replica funcionarios y las fórmulas financieras de la gestión de Mauricio Macri.| Por Fabián Medina.

Hace 4 días
Por

Las provincias del Litoral del Paraná deben administrar su jurisdicción fluvial

Al concesionar ríos y mares se resigna la soberanía nacional.

Hace 6 días
Por

Le sacó la ficha

La semana de las sesiones caídas muestra la capacidad de mutuo veto que tiene los principales actores.| Por Carlos Fara.

Hace 1 semana
Por