Se reglamentó la ley de Marina Mercante Nacional e integración fluvial regional

16 julio, 2018

El Ministerio de Transporte de la Nación reglamentó hoy la ley para el desarrollo de la Marina Mercante Nacional y la integración fluvial regional, con el objetivo de promover el crecimiento sustentable de la flota mercante de bandera nacional y mejorar la competitividad del sector. Además genera nueva fuentes de trabajo para el rubro y crea un Registro de Armadores Nacionales.

A través del decreto 650/2018, la Subsecretaria de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante reguló los aspectos fundamentales para que la ley 27.419. Con esta medida, se facilita la incorporación de buques a la flota mercante argentina; y se reglamenta la planilla de armadores nacionales en el que deberán inscribirse llevando un registro de control y transparencia

Además en las incorporaciones a la bandera nacional, se establece un arancel de importación cero para los buques nuevos y usados -hasta siete años de antigüedad- y por el término de dos años, lo que implica un ahorro alrededor del 14% para buques nuevos y del 27% para usados en costos logísticos.

Al respecto, Mariano Saúl, Subsecretario de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante, sostuvo que “es un paso muy importante, hasta ahora nuestro país participa en apenas el 1% en el tráfico fluvial de la Hidrovía Paraguay-Paraná. Esta ley promueve el crecimiento y otorga importantes beneficios para armadores nacionales y para la incorporación de buques a la bandera argentina; además genera empleo estable para trabajadores argentinos”.

Finalmente, el decreto llevado adelante por el Ministerio de Transporte de la Nación reglamenta el charteo de buques a los que se le otorgará el tratamiento de bandera nacional, incorporando diversos tipos de buques que hasta la actualidad no se encontraban contemplados en el régimen anterior.

Desde el Gobierno destacaron “que esta regulación resulta indispensable para la continuidad de la actividad del sector, y permite la consolidación y el incremento de la participación en los fletes generados por el cabotaje nacional, los tráficos bilaterales y multilaterales y los tráficos internacionales; y el fomento de la incorporación de buques y artefactos navales construidos en el país a la Marina Mercante”.

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