La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de las resoluciones generales 4691/2020 y 4692/2020 publicadas en el Boletín Oficial, oficializó la prórroga hasta el 6 de mayo para pagar el adelanto sobre bienes personales en el exterior y la extensión de la feria fiscal hasta el 12 de abril.
Además se extendió hasta el 6 de mayo el plazo máximo para realizar el pago a cuenta adicional del impuesto sobre los bienes personales para las personas humanas que posean activos en el exterior, sujetos al tributo correspondiente a 2019.
A su vez, el Gobierno extendió hasta el 30 de abril la fecha límite para ingresar los activos al sistema financiero local para que los responsables del impuesto cuenten con un mayor período de tiempo para evaluar, analizar y adoptar la decisión que estimen más conveniente.
La medida no modifica el esquema de alícuotas para el anticipo, y el monto a ingresar está determinado como un porcentaje que se ubica entre 0,1% y 0,5% del total de los bienes declarados en el exterior.
Por otra parte, la AFIP extendió la feria fiscal hasta el 12 de abril inclusive, y aclaró que esta medida no implica modificación, ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos.
En el periodo de cuarentena se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.