ARCA implementa devolución excepcional del impuesto PAIS

La Resolución 5638/2025 establece un mecanismo de compensación para saldos a favor generados por percepciones en exceso.

20 enero, 2025

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha publicado la Resolución General 5638/2025, que establece un procedimiento excepcional para la devolución de los saldos a favor del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) de los agentes de percepción y liquidación.

El impuesto PAIS, creado por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva (Ley N° 27.541) se aplicó a operaciones en moneda extranjera realizadas por sujetos residentes en Argentina entre diciembre de 2019 y diciembre de 2024. Durante este período, los agentes encargados de percibir el impuesto cometieron un error común: ingresaron percepciones en exceso, generando saldos a su favor. Dado que el impuesto ha dejado de regir, los agentes no pueden compensar estos saldos en declaraciones futuras del mismo tributo, lo que ha llevado a la necesidad de un mecanismo de devolución.

A partir de la resolución, los agentes que hayan ingresado percepciones en exceso podrán optar por un procedimiento de devolución simplificado, disponible para los saldos a favor correspondientes a los períodos fiscales de diciembre de 2024 y enero a marzo de 2025. Para acceder a la devolución, los agentes deberán presentar el formulario F.744 correspondiente a dichos meses, generado a través del “Sistema de Control de Retenciones (SICORE)”.

Compensación en cuotas

La devolución se realizará mediante un mecanismo de compensación contra las obligaciones del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, utilizando el servicio “Sistema de Cuentas Tributarias” con clave fiscal. Esta compensación será posible hasta el 30 de mayo de 2025.

En cuanto a la utilización de los saldos a favor, la resolución establece limitaciones progresivas: hasta el 31 de enero de 2025, los agentes podrán utilizar hasta un 33,33% del saldo; hasta el 28 de febrero de 2025, hasta un 66,66%; y desde el 1 de marzo hasta el 30 de mayo de 2025, podrán aplicar el 100% restante.

También establece el cálculo de intereses a favor de los agentes que no utilicen el saldo a favor de inmediato. Los intereses se calcularán sobre el monto remanente en distintas fechas: hasta el 31 de enero de 2025, sobre el 66,67% del saldo; y hasta el 28 de febrero de 2025, sobre el 33,34% restante. Estos intereses podrán ser utilizados únicamente para la compensación de las obligaciones fiscales mencionadas.

Noticias Relacionadas

Ver Más Noticias Relacionadas

Mejoran las ventas PyME pero los comerciantes demandan una reducción de impuestos

Los siete rubros relevados registraron subas interanuales.

Hace 3 días
Por

¿Qué pasará con la inflación, el dólar y el empleo en 2025?

Los analistas y consultores que participan del REM difundieron su primer informe del año.

Hace 5 días
Por

El desempeño de la economía dependerá del crecimiento de la industria y la construcción

Un informe del Cicec analizó la evolución de la economía en 2024 y las proyecciones para 2025.

Hace 5 días
Por

Rechazo empresario al incremento de impuestos subnacionales

La CAC considera que perjudica severamente a empresas y consumidores finales.

Hace 1 semana
Por

Para L&P la inflación de enero fue del 2%

Estiman que febrero podría ratificar la tendencia a la baja del IPC.

Hace 1 semana
Por

La actividad económica cerró 2024 con un crecimiento del 2,2% interanual

Así lo marcó el último reporte del ICA-ARG, elaborado por las Bolsas de Comercio de Rosario y Santa Fe.

Hace 1 semana
Por