Las autoridades del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata, con motivo de la situación por la que se está atravesando a nivel global y ante la presencia del virus COVID 19 (Coronavirus), difundieron su Plan de Contingencia.
El mismo está destinado a la población de Ensenada, Berisso y La Plata y se encuadra en los lineamientos y medidas adoptadas por el Poder Ejecutivo Nacional y a Gobernación de la provincia de Buenos Aires.
A través de un comunicado oficial informaron que dentro de la Jurisdicción Portuaria se están llevando adelante los protocolos ordenados por el ministerio de Salud de la Nación, a través de la Dirección Nacional de Sanidad de Fronteras (DNSF), autoridad de aplicación respecto a los procedimientos a realizarse.
Por tal motivo todas las embarcaciones provenientes del exterior, previo a su ingreso a puerto, son debidamente inspeccionadas por personal de esa repartición DNSF, otorgando libre ingreso a aquellas que cumplan con los requisitos sanitarios establecidos según el protocolo.
Consecuentemente, la DNSF ha activado el Comité Operativo de Emergencias (COE) en todos los puertos de nuestro país y se mantiene un monitoreo permanente de la situación.
No obstante ello y también conforme a las normas emanadas del Poder Ejecutivo Nacional, no se permite desembarcar a la tripulación extranjera, mientras el barco se encuentra amarrado en el puerto, evitando de esa manera la circulación de toda persona que no sea de nacionalidad argentina o residente en el país, tanto en jurisdicción portuaria como fuera de la misma.
El comunicado indica además que las acciones descriptas se mantendrán en el tiempo hasta tanto las autoridades ordenen el levantamiento de las medidas anunciadas.
Por último informa que Puerto La Plata, opera principalmente carga nacional entre puertos ubicados en territorio nacional, cuya tripulación es argentina, siendo en la actualidad mínima la cantidad de buques extranjeros y consecuentemente su tripulación.
Respecto a su personal se dispuso otorgar licencia especial hasta el 31 de marzo del corriente año o hasta que determine el Ejecutivo nacional o provincial, al personal en grupo de riesgo, es decir mayores de 60 años, embarazadas y menores de 60 años con condiciones de riesgo, todo ello de conformidad a la normativa que al respecto se dicte.
Asimismo, resolvió delegar a los gerentes de cada área la modalidad de trabajo del personal que se encuentran bajo su órbita, priorizando el trabajo a distancia desde los domicilios y suspendiendo las actividades que puedan ser postergadas, disponiendo de un servicio de guardias rotativas en distintas áreas, con el objeto de brindar un servicio acorde a las circunstancias.