Extienden el plazo de inscripción para el programa ATP

21 mayo, 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el próximo martes 26 de mayo del plazo para inscribirse en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). También extendió hasta fin de julio de los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

Con la Resolución General 4720/2020, el organismo tributario permotirá que los empleadores que requieran los beneficios del ATP para el pago de los salarios del corriente mes en el marco de la emergencia sanitaria tienen cinco días más para anotarse con clave fiscal en el sitio web de AFIP.

Las empresas que se inscribieron el mes pasado, deberán repetir el procedimiento.

Además, para acceder al ATP deberán desarrollar una de las actividades contempladas por la normativa y su facturación entre abril de 2019 y abril de 2020 no podrá registrar una variación superior al 5%.

La AFIP precisó que los empleadores registrados en el programa ATP que todavía no lo hubieran hecho deberán informar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para cada uno de sus trabajadores y trabajadoras. La carga de la información se hace a través del servicio web “Simplificación Registral”.

Ganancias y Bienes Personales

También AFIP, a través de la Resolución General 4721/2020, oficializó la prórroga hasta fin de julio de los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

Las personas cuya Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) termina en 0, 1, 2 y 3 podrán presentar las DDJJ y realizar los pagos correspondientes hasta el 27 de julio; para aquellos que finaliza en 4, 5 y 6, hasta el 28; y para los que lo hace en 7, 8 y 9, hasta el 28.

La semana pasada, AFIP dispuso la instrumentación de plazos especiales para la presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias e IVA para las empresas. A su vez, amplió los planes de facilidades de pago para garantizar más herramientas de alivio financiero para las empresas afectadas por el coronavirus.

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