Una empresa de telefonía deberá pagar $200 mil a un cliente por sobrefacturar

11 junio, 2016

Un fallo judicial de la Cámara Civil y Comercial de Córdoba, ordenó a la empresa de telefonía Telecom Personal a pagar 200 mil pesos a un cliente por el perjuicio que le provocó una incorrecta facturación.

La empresa de telefonía celular Telecom Personal deberá pagar 200 mil pesos a un cliente cordobés por los daños que sufrió como consecuencia de una incorrecta facturación en el servicio de telefonía móvil.

La decisión corrió por cuenta de la Cámara en lo Civil y Comercial de 8 Nominación de la ciudad de Córdoba, en consonancia con el dictamen que había hecho el fiscal de Cámaras, Francisco Junyent Bas.

Luego de acudir a la vía administrativa, el cliente, de apellido Arrigoni, inició una acción en la justicia civil para solicitar una reparación en concepto de daños.

En su intervención, Junyent Bas destacó que además del exceso de facturación en que incurrió Telecom, la firma infringió el deber de información que impone la Ley Nacional 24.240 (Defensa del Consumidor), porque no suministró los datos requeridos por el cliente en cuanto a minutos de su plan, excedentes y llamadas.

A raíz de ello, el actor sufrió “una aflicción espiritual” que impactó en su condición personal debido a los incesantes reclamos que se vio obligado a realizar ante la falta de respuesta de la empresa demandada, la necesidad de concurrir a la sede administrativa para el reconocimiento de sus derechos y, por último, la tramitación de un proceso judicial, según difundió el Ministerio Público Fiscal.

En cuanto al monto que correspondía por daño punitivo, el fiscal de Cámaras sostuvo que los jueces son renuentes a aplicar esta sanción o, de lo contrario, condenan a sumas ínfimas que no son suficientes para que las empresas generen un cambio de conducta.

Por eso, pidió que la empresa fuera condenada a pagar 200.000 pesos y no 50.000 como había impuesto el tribunal inferior.

Según indicó el fiscal, de esa forma se persigue que las empresas no “calculen” sus beneficios económicos con los incumplimientos contractuales sino que respeten los derechos de consumidores y usuarios y cumplan sus obligaciones.

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