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22 diciembre, 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), habilitó la condonación de deudas prevista en la ley de alivio fiscal. Los contribuyentes podrán solicitar este beneficio para regularizar obligaciones tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto. El perdón fiscal incluye los intereses resarcitorios, punitorios, multas y sanciones. 

La ley de alivio fiscal incluye la moratoria para obligaciones vencidas al 31 de agosto y un mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos, ambos ya vigentes. 

Asimismo, incorpora beneficios para contribuyentes cumplidores y la implementación de procedimientos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización. 

Pueden solicitar la condonación de deudas entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. 

Abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME . 

Los contribuyentes podrán realizar la solicitud hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. 

Los beneficiarios de la condonación de deudas deberán contar con la inscripción en los respectivos registros para las cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural. 

Las demás entidades sin fines de lucro deberán presentar un certificado de exención en el impuesto a las Ganancias. “Certificado MiPyME” para las micro y pequeñas empresas; domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado; declaraciones juradas presentadas desde enero de 2016; tener actualizado el código de la actividad desarrollada de acuerdo con el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)”. 

Los pequeños contribuyentes deben registrar inscripción en los impuestos a las ganancias, bienes personales o en el régimen de monotributo.

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