La ministra de Industria, Débora Giorgi, estimó que “el objetivo de la modificación de las bases imponibles es no afectar la producción nacional y el trabajo con el impuesto interno, pero al mismo tiempo mantenerlo para aquellos bienes que representan consumos lujosos”.
El Gobierno tomó la medida para no afectar a la producción nacional y que sigan comprendidos dentro de este rubro aquellos bienes que representan consumos lujosos.
En el caso de los automóviles con los nuevos valores pagarán impuestos los vehículos con un precio al público superior a $274.400 (correspondiente a la base imponible de $195.500).
En las motos la tasa será para aquellas que tengan un valor al público superior a $48.400 (correspondiente a una base imponible de $34.500).
La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial y no contiene modificaciones en lo que respecta a las alícuotas que se deben tributar por cada concepto comprendido en la norma.
La nueva base imponible tendrá vigencia hasta el 30 de junio próximo y tiene como objetivo “no afectar la producción nacional y el trabajo con el impuesto interno”, dijo Giorgi en un comunicado.
“Contrariamente a lo que se argumentó maliciosamente, el impuesto interno no fue ni será el factor que determinó la ralentización de la producción de autos o motos”, destacó la ministra y agregó que “tal como se dijo en su momento, las subas de precios injustificadas y las estrategias comerciales erróneas o especulativas tuvieron que ser neutralizadas por el Gobierno para mantener la actividad en niveles razonables”.
El impuesto alcanzó durante 2014 a 5.224 autos de producción nacional, equivalente al 0,8% de las unidades comercializadas (tomando el total de patentamiento de autos nacionales e importados).
Con la modificación de la base imponible, en el caso de los vehículos de producción local, alcanzará sobre la misma base de 2014 a 2.640 unidades equivalente a sólo el 0,4% del mercado.
En cuanto los autos importados la suba de las bases imponibles reduce el universo de autos alcanzados del 5,8% a 2,3%, es decir de 37.687 a 15.124 unidades también sobre la misma base -patentamiento de 2014-.
En consecuencia, la nueva reglamentación, retrotrae el universo de vehículos de alta gama alcanzados por el impuesto de 6,6% a 2,7% de las unidades vendidas sobre la base del mercado de 2014- esto implica que se pasó de 42.911 vehículos alcanzados a 17.764 unidades que corresponden a automóviles con precios al público superiores a $ 274.400.
En cuanto a las motos, las nuevas bases imponibles también reducen el universo alcanzado. Las motos de producción local gravadas pasaran del 7,6% al 2,7% (usando como base el mercado de 2014 serían 9.916 unidades las alcanzas con la nueva base). Las motos importadas, que representan solamente el 14% del mercado local, alcanzadas bajarían de 1,2% a 0,8%, equivalente a 2.998 unidades, considerando el mercado de 2014 que fue aproximadamente de 488 mil unidades.
Lo anterior significa que en el mercado de motos la incidencia del impuesto se reduce del 8,8% al 3,5%, equivalente a sólo 12.914 unidades –sobre la base del mercado de 2014-.
La norma mencionada también modificó las bases imponibles de embarcaciones y aeronaves de recreación y deportivas estableciendo como piso para la tributación, niveles de precio al público equivalentes en el primer caso a $216.000 y en el de aeronaves de $274.400. En estos casos tampoco se modificaron las alícuotas. Cabe destacar que con las bases anteriores el impuesto alcanzaba aproximadamente al 5% de las unidades comercializadas. La norma estará vigente hasta el 30 de junio de 2015.
En lo que hace a la base imponible, en el caso de los autos pasa de $170.000 a $ 195.500, lo que significa que los vehículos que tengan un precio al público superior a $274.000 (antes $238.600) tributarán una alícuota de 30% -se mantuvo el nivel de alícuota- en tanto que a los vehículos con precios superiores a $442.470 se les aplica la alícuota de 50%. En este caso, la base imponible paso de $210.000 a $241.000.
Para las motos, con las nuevas bases, los vehículos con precios al público superiores a $48.400 (hasta ahora $39.300) correspondiente a una base imponible de $34.500 (hasta ahora 28.000) están gravados con la alícuota del 30%. En el caso de aquellas motos con precios al público superiores a $112.600 (antes $91.600) están alcanzadas por una alícuota de 50% (la base imponible sube de $ 50.000 a $ 61.500).
En lo que hace a embarcaciones de recreo o deporte, están alcanzadas por la alícuota de 30% las de precios al público superior a $216.000 (antes $175.400) y con 50% las de precios superiores a $498.300 (antes $403.000). Las aeronaves que cuesten al público más de $274.400 (antes $238.600) pagarán 50% de alícuota.